Por: María del Pilar Blanco Echeverry, PhD
Profesora Programa académico de Trabajo Social
Universidad del Valle sede Norte del Cauca
La igualdad de género es definida por las Naciones Unidas como un derecho humano fundamental, donde el sexo de las personas no limite su acceso al crecimiento económico, al desarrollo sostenible o a alcanzar el potencial de su ser. Asumiéndolo desde esa perspectiva ¿qué relación tiene la igualdad de género con la universidad y con el desarrollo sostenible?.
La respuesta a esa cuestión data de tres fenómenos coyunturales que confluyeron para que el tema de la igualdad de género “aterrizara” en las universidades. El primer fenómeno: la modernidad, el novedoso concepto de la igualdad y el movimiento feminista; el segundo: los Estados de Bienestar (EB) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y el tercero: el proyecto de desarrollo e igualdad de género en el mundo occidental. Podría parecer un exceso de simplificación reducir a tres las circunstancias que conllevaron al escenario actual, sin embargo, este ejercicio permite ubicar el tema en cuestión de manera más sencilla.
En este sentido el primer fenómeno se enmarca en el valor que la sociedad moderna (S.XVIII) le dio a la igualdad; convirtiéndose junto a la justicia, en una exigencia jurídico política para garantizarle a la ciudadanía el principio de igualdad ante la ley (Pérez, 2007). Eventualmente la igualdad pasó a ser uno de los pilares de los derechos humanos de primera y segunda generación, adoptados por los Estados Modernos de Bienestar (Sen, 1998; Valcárcel, 2006) para reconocer a las personas como sujetos de derecho.
La igualdad como valor social politizado y casi que como “fuego revolucionario” avivó el discurso y el accionar de distintos movimientos sociales, entre ellos el feminista, que durante sus tres o cuatro “olas" (Astelarra, 2005; Fernández, 2017; Lamus-Canavate, 2020) viene manifestando que existen y/o permanecen discriminaciones hacia las mujeres que les impiden gozar plenamente de sus derechos humanos en igualdad de condiciones respecto a los hombres. La bandera del movimiento feminista ha sido lograr el reconocimiento de los derechos de las mujeres, la reivindicación jurídica, social, económica, el goce de sus derechos sociales y reproductivos, entre otros.
El segundo, se enmarca en el final de la II guerra mundial, donde en un escenario desolador respecto a los derechos humanos, la paz y el desarrollo en general, la igualdad comenzó a erigirse como una meta política esencial de sistemas democráticos y liberales que adoptaron la figura del Estado de Bienestar (EB), eso se dio en la mayor parte de Europa y el continente Americano.
En teorías tradicionales sobre el EB, la igualdad se asoció con la noción de justicia y ciudadanía, sin embargo, la incorporación paulatina de la perspectiva de género y las exigencias del movimiento feminista (Castro, 2015), trazaron la necesidad en los EB de responsabilizarse frente a su rol en el sostenimiento o disgregación de las relaciones de poder entre los hombres y las mujeres. Incluso, distintas corrientes del feminismo, aseguran que dicho modelo no se reducía exclusivamente a prestar servicios, pues también contenía una serie de ideas sobre la niñez, la mujer, la familia, que facilitaron el proceso emancipatorio de las mujeres, y gracias a las cuales ellas adquirieron mayor independencia frente al vínculo familiar y conyugal (Astelarra, 2005; Pautassi, 2000).
Articulado a lo anterior, se da el tercer fenómeno, consolidado en la intención directa de la ONU en trazar una agenda internacional donde los derechos sociales ganaran protagonismo y se corrigieran problemáticas sociales por medio de la participación activa de poderes políticos y el desarrollo de políticas públicas. En esa coyuntura, los esfuerzos de los Estados miembros de la ONU, se volcaron a distintas problemáticas, entre ellas la desigualdad y la discriminación de la que eran víctimas las mujeres, dando pie a lo que se conoce como “políticas públicas de género” que se bifurcarían en tres tipos: las políticas públicas para la igualdad de oportunidades; las políticas públicas de acción positiva y las políticas públicas transversales o mainstreaming (Alcañiz y Carbadillo, 2011; Astelarra, 2005).
Desde entonces, las políticas encontraron eco en organismos internacionales como la ONU y posteriormente la Unión Europea, quienes han ejercido una presión “armonizadora” para defender y extender los derechos humanos. La “Carta de las Naciones Unidas” publicada en 1945 (ONU, 2025) marcó el inicio de una nueva etapa en dicha óptica, ya que por primera vez se reconoció a las mujeres como sujetos de derechos y convirtió la igualdad de género en una meta prioritaria para varios países del mundo.
En el plano de la educación universitaria, la mencionada perspectiva se instaló con la “Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el siglo XXI: visión y acción” (UNESCO IESALC, 1998) en la cual la ONU y la UNESCO, hicieron un llamado a las universidades del mundo a prestar atención a las reivindicaciones de movimientos sociales de corte feminista y a la agenda internacional de igualdad de género. La intención siempre ha sido despertar un compromiso universitario para ejecutar transformaciones internas encaminadas a eliminar las barreras estructurales, ideológicas y culturales que impidan la igualdad entre hombres y mujeres en y desde el sector educativo (Blanco-Echeverry, 2022).
Así, las universidades se involucraron en un proyecto internacional supervisado por la Commission on the Status of Women (CSW) y la comisión del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) que promueve desde entonces la igualdad de género basándose en la CEDAW o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y que, en su artículo 10 destaca la relevancia de la educación para promover la igualdad entre hombres y mujeres.
En la misma línea y en concordancia con los entonces objetivos de desarrollo del milenio (ODM) y los actuales objetivos de desarrollo sostenible (ODS), la igualdad de género es una meta transversal a los 17 ODS; en donde el sector educativo debe velar particularmente por el número 5, que expresa: “lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas” y el ODS número 4, que persigue una educación de calidad para todas y todos, pues para las Naciones Unidas y la UNESCO, la igualdad en todos sus matices, es la vía para el desarrollo inclusivo y sostenible.
Y es que en el escenario de la educación superior se tienen varios retos al respecto, porque no ha sido un espacio especialmente fácil de transitar para las mujeres, teniendo en cuenta que desde sus inicios la universidad y la ciencia fueron exclusivas para los hombres y vetadas para las mujeres hasta finales del siglo XIX, cuando el movimiento feminista y su “punta de lanza” de reconocerle a las mujeres sus derechos civiles, lograron su incursión en la universidad (Buquet, 2016; Palomar, 2018).
La entrada de las mujeres a la educación superior se considera uno de los hitos más importantes del movimiento feminista, en su transitar por la conquista de la autonomía política y simbólica de las mujeres (Palomar, 2018; Pessina, 2018) y sentaría las bases de luchas posteriores en este escenario; pues con la masificación del ingreso de mujeres a la universidad desde la década de los 80, se empezaron a cuestionar las estructuras y lógicas de poder que pudiesen obstaculizar las oportunidades de desarrollo y auto realización de la población femenina en espacios distintos al doméstico. En ese sentido, la presencia de las mujeres en las aulas universitarias no eliminó de por sí las desigualdades de género en las universidades, pero, junto a los feminismos, si las vino a poner en crisis.
Esto dispuso la ruta para que las feministas que conforman la comunidad universitaria (las investigadoras/docentes, las trabajadoras, las estudiantes) hayan intensificado en años recientes el cuestionamiento de tensiones y problemáticas tradicionalmente invisibilizadas en la universidad. Para ellas, este puede ser un espacio hostil donde las discriminaciones y los prejuicios en razón del género están a la orden del día; donde persiste la idea de la superioridad de lo masculino sobre lo femenino y donde incluso la violencia tanto simbólica como física (y psicológica) tiene cabida, solo que en los campus universitarios a veces se da en maneras tan sutiles que pueden pasar inadvertidas o ser ignoradas premeditadamente, porque se cree que la universidad es un contexto democrático, intelectual y neutral, en donde no se presenta la desigualdad, ni la vulneración de los derechos humanos en razón del género (Blanco – Echeverry, 2022).
Es menester reconocer que algunas universidades del mundo han tenido avances en materia de igualdad de género, como aumentar la percepción positiva en la comunidad universitaria sobre la paridad entre los sexos en dimensiones institucionales como los procesos administrativos, el clima laboral, las prestaciones sociales, entre otras (Blanco-Echeverry, 2025). Sin embargo también subyacen profundamente en su cultura organizacional, imaginarios, conductas y presunciones que entorpecen el pleno alcance de la meta de la igualdad.
Desafortunadamente en algunas universidades, con mayor o menor intensidad que otras, se presentan aún hacia las mujeres y las personas LGBTIQ+, violencias basadas en género (VBG), que van desde lo simbólico a lo físico y psicológico; segregaciones verticales y horizontales como los llamados “techos de cristal”, “escaleras rotas”, los “maternal walls” (Williams, 2004) entre otras analogías, que proyectan la supremacía del hombre y de lo masculino, perpetuando, y algunas veces encubriendo las VBG y la desigualdad de género a la cual históricamente han estado expuestas las mujeres y las personas LGBTIQ+ en distintos escenarios de la vida cotidiana.
Puede ser una realidad difícil de ver, o incluso de admitir, y más si hacemos parte activa de una comunidad universitaria, pero a su vez, puede convertirse en una oportunidad de acción institucional, en la medida en que se pueden fortalecer las políticas de género universitarias, apoyar (en todos los niveles) a la creación y permanencia de una unidad de igualdad, acompañar procesos de participación de los colectivos universitarios que propenden por la igualdad y la inclusión; en otras palabras, la universidad de la actualidad tiene un rol supremamente importante para el alcance de los ODS, y en el futuro de educación mundial, especialmente cuando vienen reapareciendo discursos políticos con tintes discriminatorios, xenofóbicos, racistas, transfóbicos, homofóbicos, machistas, que buscan retroceder el camino ya recorrido en materia de igualdad de género en el mundo occidental.
En este orden de ideas, la universidad como actor clave para el cambio y desarrollo social, deberá estar a la altura de estos fenómenos y en algún momento definir una postura que para bien o para mal - según la elección realizada- será recordada por las futuras generaciones, aquellas para las cuales se piensa un mundo desarrollado y sostenible.
Referencias
Alcañiz Moscardó, M., & Carballido González, P. (2011). Las políticas de igualdad en España: desde la agenda política internacional al marco de la aplicación municipal.
Astelarra, J. (2005). Veinte años de políticas de igualdad. Editores Cátedra.
Blanco Echeverry, M. del P. (2025). Igualdad de género en el marco de las “culturas generizadas” y las políticas universitarias. Estudio internacional de casos. Cambios Y Permanencias, 16(2), 81–96. https://doi.org/10.18273/cyp.v16n2-202506
Blanco-Echeverry M del P. Emergencia y urgencia de las políticas de género universitarias en Colombia. Revista Prospectiva (35): e20512225. https://revistaprospectiva.univalle.edu.co/index.php/prospectiva/article/view/12225
Buquet, A. G. (2016). El orden de género en la educación superior: una aproximación interdisciplinaria. Nómadas, 44, 27–43.
Castro, C. (2015). Modelos de Bienestar, igualdad de Género y permisos por nacimiento en un contexto de crisis del modelo social Europeo [Universidad Pablo Olavide]. https://rio.upo.es/xmlui/bitstream/handle/10433/2080/castro-garcia-tesis15.pdf
Fernández, M. (2017). Olas del feminismo: la perenne búsqueda de la igualdad. Agnosia. Revista de Filosofía Del Colegio de Filosofía y Letras. http://www.ucsj.edu.mx/agnosia/index.php/component/k2/item/414-olas-del-feminismo-la-perenne-busqueda-de-la-igualdad#_ftn1
Lamus-Canavate, D. (2020). La irrupción de una nueva ola feminista : ¿La cuarta ola? La Manzana de La Discordia, 15(2), 1–29. https://doi.org/10.25100/lamanzanadeladiscordia.v15i2.9808
ONU. (2025). Carta de las Naciones Unidas.
Palomar, C. (2018). Equidad de género en la Educación Superior. Revista de La Educación Superior, 47(187). https://doi.org/10.23857/pc.v4i3.980
Pautassi, L. (2000). Igualdad de derechos y desigualdad de oportunidades: ciudadanía, derechos sociales y género en América Latina. Las Fisuras Del Patriarcado. Reflexiones Sobre Feminismo y Derecho, 65–90.
Pérez, A. E. (2007). Dimensiones de la igualdad (R. González (ed.); 2da ed. Editorial Dikinson
Pessina, M. (2018). Reflexiones sobre las mujeres en la educación superior en el Ecuador. Las persistentes brechas de género. El Cotidiano, 34(212), 55–64.
Sen, A. (1998). Las teorías del desarrollo a principios del siglo XXI. Revista Cuadernos De Economía, 29, 73–200. http://econpapers.repec.org/RePEc:col:000093:007577
UNESCO IESALC. (1998). Declaración Mundial Sobre la Educación superior en el siglo XXI : Visión y acción. Educación Superior y Sociedad, 9(2), 97–113. https://www.iesalc.unesco.org/ess/index.php/ess3/article/view/171/162
Valcárcel, M. (2006). Génesis y evolución del concepto y enfoques sobre el desarrollo (p. 40). Pontificia Universidad Católica del Perú.
Williams, J. (2004). Hitting the maternal wall. Academe, 90(6), 16–20. https://doi.org/10.2307/40252700












